Reclamación. Una empresa redujo el salario de sus trabajadores y, aunque éstos estuvieron años sin reclamar, ahora quieren hacerlo. ¿Ha prescrito su derecho?
El Tribunal Supremo [TS 16-03-2023] ha reiterado que:
Conclusión. En definitiva, podrán reclamar el cumplimiento del pago del complemento en cualquier momento (la obligación subsiste), pero, respecto a lo dejado de percibir, sólo podrán reclamar el importe correspondiente al último año.
El derecho a reclamar frente a una reducción salarial que no se tramitó correctamente no prescribe.
Si quiere ampliar información acerca de los derechos u obligaciones que supone una reducción salarial así como el plazo y la manera de reclamarlo, póngase en contacto con esta asesoría.
NOTA.- Este escrito pretende facilitar a los lectores una información general útil a los asuntos comentados, no teniéndose la intención de prestar un asesoramiento legal personalizado, ya que éste depende en la práctica de múltiples factores que no se pueden ser tenidos en cuenta para preparar esta información de carácter general. Si Ud. tuviera la necesidad de ser específicamente asesorado para tomar alguna decisión en asuntos mencionados en esta información, le recomendamos que no lo haga sobre la base exclusiva de la información que aquí se le transmite, sin que acuda a un asesor o técnico sobre las materias cualificadas. Este despacho le podrá aclarar o ampliar de forma personalizada cualquier duda al respecto.
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